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Conozca los cambios en el programa de Medi-Cal

Las leyes federales y estatales han cambiado las reglas sobre quién califica para Medi-Cal. 

A los miembros afectados se les notificará por correo, mensaje de texto o correo electrónico. Mantenga su información de contacto actualizada para no perderse avisos importantes. Conozca su fecha de renovación para que pueda hacer algo al respecto si no recibe notificaciones.

 

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Cambios en Medi-Cal

Buenas noticias: la mayoría de los miembros de Medi-Cal no verán ningún cambio

Usted puede seguir haciendo lo siguiente:

  • Consultar a su médico o acudir al hospital.
  • Recibir atención de emergencia.
  • Obtener sus medicamentos.
  • Recibir apoyo para la salud mental o adicción.
  • Realizarse revisiones médicas y recibir vacunas para mantenerse saludable.
  • Recibir atención a largo plazo si la necesita.
  • Obtener transporte para acudir a sus citas médicas si lo necesita.
  • Consultar al dentista.
  • Realizarse exámenes de la vista y obtener anteojos.

Adultos mayores y personas con discapacidades

Límites de bienes: vigente a partir del 1.º de enero de 2026

Límites de bienes: vigente a partir del 1.º de enero de 2026

A partir del 1.º de enero de 2026, cuando solicite o renueve su Medi-Cal, se revisará lo que usted posee. Esto se llama verificación de bienes. Los bienes son las cosas que usted posee y que tienen valor.

A QUIÉN APLICA:

Usted podría verse afectado si:

  • Tiene 65 años o más y cumple con el límite de ingresos del hogar para Medi-Cal.
  • Tiene una discapacidad (física, mental o del desarrollo).
  • Vive en un hogar para adultos mayores.
  • Forma parte de una familia con ingresos que son demasiado altos para calificar según las reglas federales de impuestos.

INFORMACIÓN IMPORTANTE:

  • Lo más que puede tener (límite de bienes) es $130,000 para una persona.
  • Puede agregar $65,000 por cada persona adicional en su familia, hasta un máximo de 10 personas.
  • Los bienes que se consideran incluyen:
    • cuentas bancarias
    • dinero en efectivo
    • más de una casa o vehículo
  • Los bienes que no se consideran incluyen:
    • la casa donde usted vive
    • un vehículo
    • artículos del hogar
    • algunos ahorros, como cuentas de jubilación
  • Si su Medi-Cal requiere una verificación de bienes, se revisará lo que posee cada año durante la renovación.
  • Las reglas de ingresos de Medi-Cal no han cambiado.
Para obtener más información, consulte el Centro de ayuda

Adultos inmigrantes

Suspensión de inscripciones: vigente a partir del 1.º de enero de 2026

Suspensión de inscripciones: vigente a partir de enero de 2026

A partir del 1.º de enero de 2026, algunos adultos ya no podrán inscribirse en Medi-Cal con cobertura completa según su estado migratorio.

A QUIÉN APLICA:

Consulte la tabla de Categorías de estado migratorio para saber si la suspensión de inscripciones para la expansión de adultos aplica en su caso.

INFORMACIÓN IMPORTANTE:

  • Si ya tiene Medi-Cal con cobertura completa, puede conservar su cobertura sin importar su estado migratorio.
  • Para conservar su Medi-Cal, debe:
    • Completar su formulario de renovación según sea necesario.
    • Cumplir con los requisitos de elegibilidad de Medi-Cal, como ingresos y vivir en California.
  • Use sus beneficios y renueve a tiempo. Si no lo hace, su Medi-Cal podría terminar.
  • Si su Medi-Cal termina, tendrá un período de gracia de tres meses a partir de la última fecha de elegibilidad indicada en su Aviso de acción para volver a inscribirse en Medi-Cal con cobertura completa.

Si no se vuelve a inscribir antes de que termine el período de gracia de tres meses, deberá volver a solicitar Medi-Cal. Solo será elegible para Medi-Cal de cobertura limitada, lo cual cubre:

  • atención de emergencia
  • atención relacionada con el embarazo
  • atención en un centro de enfermería especializada

Quiénes aún pueden recibir Medi-Cal con cobertura completa, sin importar su estado migratorio:

  • Niños de 0 a 18 años.
  • Jóvenes menores de 26 años que estuvieron en cuidado de crianza y que estaban en cuidado de crianza al cumplir 18 años.
  • Personas embarazadas, durante todo el embarazo y hasta un año después de que termine.

Cobertura dental: vigente a partir del 1.º de julio de 2026

Cobertura dental: vigente a partir del 1.º de julio de 2026

A partir del 1.º de julio de 2026, algunos miembros de Medi-Cal dejarán de recibir servicios dentales con cobertura completa como parte de su cobertura de Medi-Cal. Para obtener más información, consulte las Preguntas comunes.

A QUIÉN APLICA:

INFORMACIÓN IMPORTANTE:

  • Aún puede recibir atención para necesidades dentales de emergencia, lo cual incluye:
    • dolor de muelas intenso
    • infecciones
    • extracciones dentales

Quiénes seguirán recibiendo servicios dentales de cobertura completa:

  • Jóvenes menores de 26 años que estuvieron en cuidado de crianza y que estaban en cuidado de crianza al cumplir 18 años.
  • Personas embarazadas, durante todo el embarazo y hasta un año después de que termine.

Cambios en el estado migratorio: vigente a partir del 1.º de octubre de 2026

Cambios en el estado migratorio: vigente a partir del 1.º de octubre de 2026

A partir del 1.º de octubre de 2026, el gobierno federal cambiará la forma en que clasifica algunos estados migratorios (su situación legal en los Estados Unidos, según cómo y por qué llegó al país).

A QUIÉN APLICA:

Podría verse afectado si tiene Medi-Cal y es:

  • Refugiado o persona que solicitó asilo: una persona que dejó su país por seguridad y aún no tiene una tarjeta de residencia permanente (Green Card).
  • Persona con permiso humanitario: una persona autorizada a entrar a los Estado Unidos por razones urgentes durante al menos un año.
  • Sobreviviente de violencia doméstica o trata de personas con un estado migratorio pendiente.

INFORMACIÓN IMPORTANTE:

  • Pronto habrá más datos sobre cómo se implementará esta política en California.

Primas mensuales: vigente a partir del 1.º de julio de 2027

A partir del 1.º de julio de 2027, algunos miembros de Medi-Cal deberán pagar una pequeña cuota mensual (llamada prima) para conservar su Medi-Cal con cobertura completa.

A QUIÉN APLICA:

INFORMACIÓN IMPORTANTE:

  • Si este cambio aplica para usted, deberá pagar una pequeña cuota mensual para conservar su Medi-Cal con cobertura completa.
  • Si no paga, su Medi-Cal cambiará y solo recibirá Medi-Cal con cobertura limitada que incluye:
    • atención de emergencia
    • atención relacionada con el embarazo
    • atención en un centro de enfermería especializada

Quiénes no tendrán que pagar una prima:

  • Jóvenes menores de 26 años que estuvieron en cuidado de crianza y que estaban en cuidado de crianza al cumplir 18 años.
  • Personas embarazadas, durante todo el embarazo y hasta un año después de que termine.

Adultos (de 19 a 64 años)

Requisitos de trabajo: vigente a partir del 1.º de enero de 2027

A partir del 1.º de enero de 2027, algunos adultos deberán trabajar, ser voluntarios o estudiar para conservar su Medi-Cal. Si este cambio aplica para usted, la Agencia de Servicios Sociales del Condado de Orange (Social Services Agency, SSA) o Medi-Cal le enviará una carta.

A QUIÉN APLICA:

Miembros de Medi-Cal y personas que solicitan Medi-Cal que:

  • Son adultos de 19 a 64 años.
  • Son elegibles para Medi-Cal debido a la expansión de la Ley de atención médica a bajo precio (Affordable Care Act).
  • No aparece en ninguna de las exenciones que se indican a continuación.

EXENCIONES:

Estas nuevas reglas de trabajar o ser voluntario no se aplican a:

  • Niños de 0 a 18 años.
  • Adultos mayores de 65 años.
  • Personas embarazadas, incluso hasta un año después del parto, sin importar el resultado del embarazo.
  • Padres o madres con hijos de 0 a 13 años.
  • Personas con discapacidades.
  • Personas con afecciones graves de salud física o mental, o con trastornos por consumo de sustancias.
  • Personas puestas en libertad y que salieron de la cárcel o prisión en los últimos 90 días.
  • Personas con la Parte A o Parte B de Medicare.
  • Indígenas americanos o nativos de Alaska.
  • Jóvenes menores de 26 años que estuvieron en cuidado de crianza y que estaban en cuidado de crianza al cumplir 18 años.

La SSA o Medi-Cal le enviará una carta para informarle si debe cumplir con estos requisitos de trabajo o si se necesita información adicional suya para demostrar que cumple con una exención.

INFORMACIÓN IMPORTANTE:

  • Los miembros deben cumplir con una o más de las siguientes opciones:
    • Trabajar en un empleo y recibir un salario.
      • Ganar al menos $580 al mes por trabajar.
      • Ser trabajador temporal (alguien que trabaja solo en ciertas épocas del año) y ganar un promedio de $580 al mes durante los últimos seis meses.
    • Participar en un programa de capacitación laboral (que le ayude a aprender habilidades para conseguir un empleo) durante un mínimo de 80 horas al mes.
    • Ser voluntario o realizar servicio comunitario durante un mínimo de 80 horas al mes. Esta actividad debe estar organizada y debe poder comprobarse con una carta o formulario.
    • Acudir a la escuela al menos medio tiempo, lo que generalmente significa tomar dos o tres clases o aproximadamente de seis a ocho créditos por semestre.
    • Combinar las actividades antes mencionadas para cumplir con al menos 80 horas al mes o ganar al menos $580 al mes.
  • Si se le requiere trabajar o ser voluntario bajo estas nuevas reglas y no las cumple, podría perder su Medi-Cal.
  • Cuando reciba una carta de la SSA o de Medi-Cal, ábrala de inmediato y responda lo antes posible para demostrar cómo está cumpliendo con los requisitos de trabajo.
  • Recibirá más información antes de que comiencen estas reglas, incluso formas de ayudarle a cumplir con los requisitos.

Verificaciones de elegibilidad cada seis meses: vigente a partir del 1.º de enero de 2027

A partir del 1.º de enero de 2027, algunos miembros de Medi-Cal tendrán que verificar su elegibilidad dos veces al año en lugar de una.

A QUIÉN APLICA:

  • Adultos de 19 a 64 años.

EXENCIONES:

Los siguientes miembros seguirán renovando una vez al año:

  • Miembros en programas de Medi-Cal que no forman parte del nuevo grupo de adultos bajo la Ley de atención médica a bajo precio.
  • Personas embarazadas, incluso hasta un año después del parto, sin importar el resultado del embarazo.
  • Indígenas americanos o nativos de Alaska.
  • Jóvenes menores de 26 años que estuvieron en cuidado de crianza y que estaban en ese cuidado al cumplir 18 años.

INFORMACIÓN IMPORTANTE:

  • Es posible que deba renovar su Medi-Cal cada seis meses.
  • Si se le pasan las fechas límite, esto podría causar la pérdida de la cobertura.
  • Si está exento, es posible que aun así deba renovar su Medi-Cal una vez al año.

Menos tiempo para recibir ayuda con facturas médicas anteriores: vigente a partir del 1.º de enero de 2027

A partir del 1.º de enero de 2027, Medi-Cal pagará menos meses de facturas médicas anteriores a la fecha en que solicitó cobertura.

A QUIÉN APLICA:

  • Adultos de 19 a 64 años sin hijos menores de 18 años.

Si este cambio aplica para usted, la SSA o Medi-Cal le enviará una carta.

INFORMACIÓN IMPORTANTE:

  • Adultos sin hijos: Medi-Cal solo pagará un mes de facturas médicas anteriores.
  • Todas las demás personas: Medi-Cal pagará dos meses de facturas médicas anteriores.

Copagos: vigente a partir del 1.º de octubre de 2028

Copagos: vigente a partir del 1.º de octubre de 2028

A partir del 1.º de octubre de 2028, algunos adultos deberán pagar una pequeña cuota (llamada copago) por ciertos servicios de Medi-Cal.

A QUIÉN APLICA:

  • Adultos de 19 a 64 años.
  • Personas que no están embarazadas (la cobertura por embarazo dura durante todo el embarazo y hasta un año después de que termine).
  • Personas que no tienen Medicare.
  • Personas que ganen más de $15,560 al año.

INFORMACIÓN IMPORTANTE:

  • Es posible que tenga que pagar una pequeña cuota por algunos servicios médicos, como para consultar un especialista (por ejemplo, un cardiólogo o dermatólogo) o recibir ciertos tratamientos o pruebas.
  • No pagará más del 5 % de los ingresos de su hogar en copagos cada año.
  • No hay copagos para:
    • servicios en centros de salud comunitarios o clínicas de salud rurales
    • atención de emergencia
    • revisiones médicas de rutina
    • atención prenatal (durante el embarazo) y pediátrica (para niños)
    • tratamiento para la salud mental y los trastornos por consumo de sustancias

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MANTENGAN SU COBERTURA

Tome medidas para conservar su Medi-Cal

  • A los miembros afectados se les notificará por correo, mensaje de texto o correo electrónico.
  • Mantenga su información de contacto actualizada para no perderse avisos importantes. Responda rápidamente a los paquetes o cartas de renovación que recibe de la SSA o Medi-Cal.
  • Conozca su fecha de renovación para que pueda hacer algo al respecto si no recibe notificaciones.
  • Haga preguntas si tiene dudas.
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